El sistema europeo de normas armonizadas: cada actualización retrata la lentitud del aparato de normalización
La Comisión Europea acaba de publicar la Decisión de Ejecución 2026/550, que modifica la Decisión 2022/1954, para actualizar referencias de normas armonizadas bajo la Directiva 2013/53/UE de embarcaciones de recreo. Dos normas técnicas sobre propulsión eléctrica marina y prevención de caídas al agua. Un trámite que, en cualquier sector industrial con reflejos, se resolvería con una nota técnica.
El Reglamento 1025/2012 —el llamado Nuevo Marco Legislativo para la normalización europea— exige que cada actualización de referencia a una norma EN pase por una decisión de ejecución de la Comisión, publicación en el Diario Oficial de la UE y plazos formales de entrada en vigor. Para cambiar un número de versión en un anexo hace falta activar todo el aparato institucional.
El problema real lo sufren fabricantes y organismos notificados. Entre la aprobación de una norma revisada por CEN/CENELEC y su publicación como referencia armonizada pueden pasar meses —a veces más de un año—. Y no es que CEN/CENELEC vaya precisamente rápido tampoco; el cuello de botella empieza antes de llegar a Bruselas, aunque eso ya es otra historia.
Entre la aprobación de una norma revisada por CEN/CENELEC y su publicación como referencia armonizada pueden pasar meses —a veces más de un año—.
Durante ese intervalo, la versión antigua genera presunción de conformidad, pero la nueva ya recoge el estado de la técnica. ¿Con cuál trabajas? La seguridad jurídica se deshace en ese paréntesis procedimental. No hay drama: simplemente nadie sabe a qué atenerse, que es peor.
[!important] La seguridad jurídica se deshace en ese paréntesis procedimental.
Quien lleve tiempo siguiendo la normalización europea habrá visto este mismo patrón con la Directiva de máquinas, con equipos a presión, con productos de construcción. Siempre el mismo desajuste entre el ritmo técnico y el ritmo administrativo. A estas alturas uno se pregunta si alguien en la DG GROW lleva la cuenta de cuántas decisiones de ejecución se publican al año solo para poner al día referencias que la industria ya aplica de facto.
La Decisión 2026/550 no es anómala. Es lo que pasa —y seguirá pasando— cuando un sistema pensado para dar certeza formal tarda tanto en ejecutarse que genera justo lo contrario: que el fabricante no sepa con qué versión de la norma cumple y el organismo notificado tenga que improvisar criterio.
Aunque quizá estoy siendo injusto con un mecanismo que, al menos, garantiza trazabilidad pública. No lo tengo del todo claro.
Carlos Vega